Adaptación de los Estatutos a las previsiones de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.

La aprobación de esta ley provocó que los estatutos de las asociaciones tuvieran que adaptarse a la nueva normativa. Aquellas, todas anteriores al 2002, que no lo hicieron quedaban automáticamente dadas de baja en los Registros Oficiales. Aunque se ha superado con creces el plazo previsto para la adaptación, muchos de estos Registros la admiten todavía pudiendo así recuperar el número de inscripción que obtuvieron en su alta correspondiente.

Para realizar el trámite de adaptación las entidades tienen que presentar en los Registros en los que están inscritas la siguiente documentación: